CONCILIACION: En desarrollo de la ley 640 del año  2001, estamos en capacidad de representar, para adelantar audiencias de conciliación que con asistencia de los interesados, permitan resolver extrajudicialmente los conflictos que se presentan entre las partes o en audiencia de conciliación dentro del proceso.

Para la prestación de este servicio uno de los socios  fue diplomado por el Centro  de Conciliación y Arbitraje de la Sociedad Colombiana de Arquitectos, debidamente autorizado por el Ministerio de Justicia y del Derecho; facultándolo para actuar como conciliador con credencial No.040-13891955.

Este mecanismo como alternativa de solución de conflictos, ha dado excelentes resultados y se muestra como  una herramienta nueva y fundamental en el ejercicio de los derechos de los particulares y las entidades oficiales.

 

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